El derecho a no desaparecer: defender lo digital desde las audiencias
Dr. Jorge Alberto Hidalgo Toledo, Human & Nonhuman Communication Lab, Facultad de Comunicación, Universidad Anáhuac México Un derecho puede morir sin que nadie lo derogue. Basta con volverlo incomprensible, esconder su ejercicio detrás de una interfaz o acostumbrar a la ciudadanía a que otro piense y reclame por…

Dr. Jorge Alberto Hidalgo Toledo, Human & Nonhuman Communication Lab, Facultad de Comunicación, Universidad Anáhuac México
Un derecho puede morir sin que nadie lo derogue. Basta con volverlo incomprensible, esconder su ejercicio detrás de una interfaz o acostumbrar a la ciudadanía a que otro piense y reclame por ella. La pérdida más peligrosa comienza en ese instante casi imperceptible en que dejamos de sentir que la libertad, la privacidad o la verdad también dependen de nuestras acciones.
México ha ampliado de manera notable su conectividad. En 2025, 104.9 millones de personas usaban internet, equivalentes al 86.1% de la población de seis años y más. Sin embargo, mientras el uso alcanzó 88.9% en zonas urbanas, en las rurales llegó a 75.2%; Chiapas registró 71.2%, lejos del 93.9% de Nuevo León (Instituto Nacional de Estadística y Geografía [INEGI], 2026). Tener señal no significa habitar el mismo país digital. Mucho menos ejercer en igualdad de condiciones los derechos que atraviesan ese territorio.
Los Lineamientos Generales para garantizar los Derechos de las Audiencias, publicados en febrero de 2025, reconocieron a las audiencias como personas titulares de derechos y vincularon su protección con la capacidad de buscar, evaluar, utilizar y contribuir a la información (Instituto Federal de Telecomunicaciones [IFT], 2025). La definición desplaza a la audiencia del asiento pasivo del consumidor y la devuelve al espacio político del ciudadano. Pero una definición jurídica no produce, por sí misma, ciudadanía.
La ciudadanía que aceptó sin leer
Hannah Arendt comprendió que los derechos no se sostienen únicamente por su proclamación, sino por la pertenencia efectiva a una comunidad capaz de reconocer a alguien como sujeto de palabra y acción. Su formulación acerca del derecho a tener derechos refiere a la condición política desde la cual una persona puede aparecer ante otros, ser escuchada y exigir responsabilidad (Arendt, 1973). Trasladada al ecosistema digital, la pregunta incomoda: ¿pertenecemos realmente al orden que habitamos o sólo circulamos dentro de infraestructuras cuyas reglas fueron escritas lejos de nosotros?
Aceptamos contratos que no leemos, cedemos datos que no vemos y alimentamos modelos de perfilamiento cuyo funcionamiento desconocemos. La interfaz nos llama usuarios porque esa palabra resulta económicamente conveniente: el usuario utiliza y produce datos. El ciudadano pregunta quién diseñó el entorno, qué intereses ordenan su visibilidad y cuáles son los mecanismos disponibles para reparar el daño. Esa diferencia semántica contiene una disputa por la agencia.
La erosión de los derechos digitales rara vez adopta la forma de una puerta cerrada. Puede expresarse como una reducción algorítmica del alcance de ciertas voces, una recomendación que premia el enojo o una arquitectura de consentimiento construida para obtener aceptación por cansancio. También ocurre cuando la abundancia de falsedades vuelve impracticable el derecho a informarse. El Global Risks Report 2026 situó la desinformación y la información errónea como el segundo riesgo más grave en el horizonte de dos años; 58% de las personas consultadas globalmente manifestó preocupación por distinguir la verdad de la falsedad en las noticias en línea (World Economic Forum, 2026).
El daño ya tiene cuerpo. El Módulo sobre Ciberacoso estimó que 21% de la población mexicana usuaria de internet de doce años y más vivió alguna forma de acoso digital durante 2024, alrededor de 18.9 millones de personas. Entre quienes lo padecieron, 36% fue contactado mediante identidades falsas y sólo 11.2% denunció ante una autoridad o el proveedor del servicio (INEGI, 2025). La distancia entre sufrir una vulneración y activar un mecanismo de defensa habla del miedo y del desconocimiento, pero también de algo todavía más inquietante: la progresiva normalización del daño.
Bernard Stiegler advirtió que la atención es una capacidad humana que debe ser cuidada y transmitida socialmente. Cuando las industrias la capturan para convertirla en valor económico, también intervienen en la formación del deseo y del juicio (Stiegler, 2010). Por eso la defensa de los derechos digitales no puede limitarse a proteger datos personales. Debe discutir quién organiza nuestra percepción, qué narrativas consigue hacer visibles y cuánto pagamos cuando la comodidad sustituye a la deliberación.
El problema económico se encuentra precisamente ahí. Buena parte del ecosistema digital no obtiene su rentabilidad vendiéndonos un servicio, sino modelando nuestro comportamiento para anticiparlo y comercializarlo. Cada pausa, búsqueda o reacción alimenta sistemas que calculan probabilidades sobre nosotros. La audiencia deja entonces de ser solamente destinataria de mensajes: se convierte en materia prima de una industria predictiva que conoce sus vulnerabilidades antes de que ella misma consiga nombrarlas.
Cuando el algoritmo aprende a decidir por nosotros
La inteligencia artificial intensifica esta disputa porque ya no sólo distribuye contenidos: los fabrica y los ordena de manera personalizada. Puede producir una voz verosímil sin hablante, una imagen sin acontecimiento o una recomendación capaz de modificar decisiones sin presentarse como argumento. El problema no es que la máquina piense como nosotros, sino que las instituciones comiencen a tratar sus inferencias como si fueran juicio, evidencia o verdad.
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo sostiene que el sentido de la IA depende menos de aquello que los sistemas pueden hacer que de las posibilidades reales que las personas conservan para elegir vidas que consideran valiosas (PNUD, 2025). Una inteligencia artificial que amplía capacidades puede fortalecer la ciudadanía; una IA opaca, utilizada para clasificar o persuadir sin rendición de cuentas, convierte al sujeto en material estadístico.
La alfabetización contemporánea necesita incorporar el reconocimiento de contenidos sintéticos y la comprensión básica de los sistemas automatizados. UNESCO ha propuesto que la gobernanza de la IA priorice el empoderamiento de los usuarios, integre la alfabetización mediática con la formación sobre inteligencia artificial y promueva estándares de explicabilidad (Frau-Meigs, 2024). No se trata de formar programadores, sino personas capaces de preguntar de dónde procede una respuesta, qué datos la alimentaron y quién responderá cuando se equivoque.
A ello deberían sumarse garantías concretas: saber cuándo se interactúa con una máquina, reconocer cuándo un contenido fue generado sintéticamente, solicitar la revisión humana de una resolución automatizada y obtener una explicación cuando un algoritmo afecta de manera relevante la vida. Sin estas condiciones, la innovación puede terminar ampliando la asimetría entre quienes diseñan los sistemas y quienes padecen sus decisiones.
Paul Ricoeur describió al sujeto ético como un ser capaz de hablar, actuar, narrarse y asumir la imputación de sus actos (Ricoeur, 1992). La ciudadanía digital comienza precisamente ahí: no en la posesión del dispositivo, sino en la conservación de esa capacidad. Defender a las audiencias desde las audiencias significa impedir que la protección las reduzca a objetos vulnerables administrados desde arriba. Significa reconocerlas como interlocutoras con experiencia, memoria y poder de organización.
Esto no libera al Estado de garantizar derechos ni permite que las plataformas se conviertan en jueces de sí mismas. La responsabilidad debe articular regulación democrática, obligaciones empresariales verificables, defensorías independientes y participación ciudadana vinculante. Los medios necesitan recuperar la escucha como parte de su legitimidad; la academia debe aportar evidencia y formación sin convertirse en ornamento técnico de decisiones tomadas de antemano.
Vivir los derechos digitales empieza antes de la denuncia. Ocurre cuando verificamos antes de compartir, exigimos una explicación frente a una decisión automatizada o protegemos la dignidad de quien aparece en una pantalla. También sucede cuando acompañamos a quien no sabe reclamar, cuestionamos un consentimiento abusivo y nos negamos a confundir viralidad con verdad.
La democracia digital no desaparecerá necesariamente bajo una gran prohibición. Puede desvanecerse clic a clic, entre permisos aceptados y decisiones delegadas. Todavía estamos a tiempo de impedirlo. Habrá que abandonar el papel de público cautivo, recuperar la palabra y ocupar las instituciones que hablan en nuestro nombre. Porque el día en que una audiencia deje de saberse ciudadana, alguien más decidirá qué puede ver, qué debe creer y cuánto de sí misma está autorizada a conservar.
Referencias
Arendt, H. (1973). The origins of totalitarianism. Harcourt Brace Jovanovich.
Frau-Meigs, D. (2024). User empowerment through media and information literacy responses to the evolution of generative artificial intelligence (GAI). UNESCO.
Instituto Federal de Telecomunicaciones. (2025). Lineamientos Generales para garantizar los Derechos de las Audiencias. Diario Oficial de la Federación.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2025). Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) 2024: Comunicado de prensa 76/25.
Instituto Nacional de Estadística y Geografía. (2026). Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares (ENDUTIH) 2025: Reporte de resultados 19/26.
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. (2025). Human Development Report 2025: A matter of choice: People and possibilities in the age of AI. United Nations Development Programme.
Ricoeur, P. (1992). Oneself as another (K. Blamey, Trad.). University of Chicago Press. (Trabajo original publicado en 1990).
Stiegler, B. (2010). Taking care of youth and the generations (S. Barker, Trad.). Stanford University Press. (Trabajo original publicado en 2008).
World Economic Forum. (2026). The Global Risks Report 2026 (21.ª ed.).
“Dr. Jorge Alberto Hidalgo Toledo, Human & Nonhuman Communication Lab, Facultad de Comunicación, Universidad Anáhuac México Un derecho puede morir sin que nadie lo derogue. Basta con volverlo incomprensible, esconder su ejercicio detrás de una interfaz o acostumbrar a la ciudadanía a que otro piense y reclame por…”

